Con la demanda no es necesario adjuntar las pruebas que tenemos, luego sea nóminas, contratos de trabajo u otros documentos que puedan acreditar la existencia de la deuda. Sino que dichas pruebas se realizan en el acto de la presencia del pleito. Activar o desactivar las cookies Si desactivas esta https://frankd692ios1.elbloglibre.com/profile