El trabajador cuenta con un período o plazo de 3 primaveras para demandar al empleador. Este plazo empieza a contarse desde la terminación del contrato de trabajo, o desde la causación del derecho que se reclama. En primer emplazamiento, es preciso mencionar que en la Hogaño la radicación de las https://medinaempresarialsst.com/demanda-laboral/